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Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
2607

Artículo 2607 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si son varios los socios que se encargan de administrar el negocio y no se dijo que tenían que ponerse de acuerdo entre ellos, entonces cada uno puede decidir y hacer sus propias acciones de administración por su cuenta, sin esperar a los demás. Esto significa que cualquiera de ellos puede tomar decisiones para el bien del negocio, como firmar contratos o hacer pagos, siempre que crea que son convenientes. La ley solo aplica cuando no se especificó que deberían actuar juntos. Si se hubiera dicho que debían trabajar de acuerdo, entonces no podrían actuar solos.

Texto oficial

Art. 2607.- Siendo varios los socios encargados indistintamente de la administración, sin declaración de que deberán proceder de acuerdo, podrá cada uno de ellos practicar separadamente los actos administrativos que crea oportunos.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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