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Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
2636

Artículo 2636 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El contrato se maneja como ustedes lo acuerden, sin que la ley les imponga reglas fijas. Lo importante es que lo que pacten entre las partes sea lo que se cumpla. Si no dicen nada sobre algún punto, se usará lo que digan las leyes generales, pero la idea es que ustedes deciden. En corto, tienen libertad para poner las condiciones que les parezcan.

Texto oficial

Art. 2636.- Las condiciones de este contrato se regularán por la voluntad de los interesados.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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