- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 2636
Artículo 2636 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El contrato se maneja como ustedes lo acuerden, sin que la ley les imponga reglas fijas. Lo importante es que lo que pacten entre las partes sea lo que se cumpla. Si no dicen nada sobre algún punto, se usará lo que digan las leyes generales, pero la idea es que ustedes deciden. En corto, tienen libertad para poner las condiciones que les parezcan.
Texto oficial
Art. 2636.- Las condiciones de este contrato se regularán por la voluntad de los interesados.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.