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Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
2656

Artículo 2656 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si juegas y ganas en un juego que está prohibido por la ley, no puedes ir a demandar para que te paguen lo que ganaste. O sea, aunque ganes, no tienes derecho legal a exigir ese dinero. Lo que se gana en un juego ilegal se queda así, no hay manera de reclamarlo por medio de un juicio. Para saber qué juegos son prohibidos, hay que checar el Código Penal, que es donde se dice cuáles son.

Texto oficial

Art. 2656.- La Ley no concede acción para reclamar lo que se gana en juego prohibido. El Código Penal señalará cuales son los juegos prohibidos.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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