- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 2661
Artículo 2661 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si firmaste un papel comprometiéndote a pagar una deuda de juego o apuesta prohibida, esa deuda no se te puede cobrar legalmente, aunque en el documento pongan otra razón. La ley te protege: puedes negarte a pagar usando esa excusa, sin importar lo que diga el contrato. Además, si te demandan, tienes derecho a demostrar con cualquier prueba (mensajes, testigos, etc.) que el verdadero motivo era un juego o apuesta ilegal. En resumen, lo firmado no vale si lo que había detrás era una apuesta prohibida.
Texto oficial
Art. 2661.- El que hubiere firmado una obligación que en realidad tenía por causa una deuda de juego o de apuesta prohibidos, conserva, aunque se atribuya a la obligación una causa civilmente eficaz, la excepción que nace del artículo anterior, y se puede probar por todos los medios la causa real de la obligación.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.