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Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
2661

Artículo 2661 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si firmaste un papel comprometiéndote a pagar una deuda de juego o apuesta prohibida, esa deuda no se te puede cobrar legalmente, aunque en el documento pongan otra razón. La ley te protege: puedes negarte a pagar usando esa excusa, sin importar lo que diga el contrato. Además, si te demandan, tienes derecho a demostrar con cualquier prueba (mensajes, testigos, etc.) que el verdadero motivo era un juego o apuesta ilegal. En resumen, lo firmado no vale si lo que había detrás era una apuesta prohibida.

Texto oficial

Art. 2661.- El que hubiere firmado una obligación que en realidad tenía por causa una deuda de juego o de apuesta prohibidos, conserva, aunque se atribuya a la obligación una causa civilmente eficaz, la excepción que nace del artículo anterior, y se puede probar por todos los medios la causa real de la obligación.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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