- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 2701
Artículo 2701 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien te da una carta de recomendación diciendo que eres solvente (que sí puedes pagar tus deudas) y sabe que eso es falso, esa persona es responsable de los daños que sufras por confiar en esa carta. O sea, si firmó la carta con mala intención, te tiene que resarcir el dinero o perjuicio que te cause que el recomendado no pague. Solo aplica si quien la firmó actuó de mala fe, no si se equivocó sin querer. En resumen: no es solo un papel, firmar una recomendación falsa te puede salir caro.
Texto oficial
Art. 2701.- Si las cartas de recomendación fuesen dadas de mala fé, afirmando falsamente la solvencia del recomendado, el que las suscriba será responsable del daño que sobreviniese a las personas a quienes se dirigen, por la insolvencia del recomendado.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.