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Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
2739

Artículo 2739 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien te debe y le perdonas una parte de la deuda (a eso se le llama "quita"), la persona que salió de fiador por él también queda liberada en la misma proporción. O sea, si le perdonas la mitad, la fianza se reduce a la mitad. Pero si con ese perdón le pones condiciones nuevas o más pesadas al deudor, entonces la fianza se cancela por completo. En pocas palabras, el fiador no puede quedar peor de lo que estaba cuando aceptó responder por ti.

Texto oficial

Art. 2739.- La quita reduce la fianza en la misma proporción que la deuda principal, y la extingue en el caso de que, en virtud de ella, quede sujeta la obligación principal a nuevos gravámenes o condiciones.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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