- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 2743
Artículo 2743 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien te pide que firmes como fiador (es decir, que te hagas responsable por otra persona) y el asunto es legal o judicial, pasa esto: si la cantidad que vas a garantizar es mayor a 6 veces el valor mensual de la Unidad de Medida y Actualización (la UMA, que es una medida oficial que se usa para calcular montos en México), tendrás que mostrar un papel del Registro Público de la Propiedad. Ese papel sirve para comprobar que tienes bienes raíces (como una casa o un terreno) suficientes para pagar si la otra persona no cumple. En otras palabras, si la deuda es grande, necesitas demostrar que tienes propiedades para cubrirla, y eso se hace con un certificado oficial.
Texto oficial
Art. 2743.- Para otorgar una fianza legal o judicial por más de seis veces el valor mensual de la Unidad de Medida y Actualización se presentará un certificado expedido por el Registro Público de la Propiedad, a fin de demostrar que el fiador tiene bienes raíces suficientes para responder del cumplimiento de la obligación.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.