- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 2748
Artículo 2748 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La prenda es un derecho real, o sea, un poder directo que tienes sobre una cosa que no es de nadie más, para asegurar que te paguen lo que te deben. Funciona así: alguien te deja un bien mueble (como un carro, una tele o una joya) como garantía de que va a cumplir con lo que prometió, por ejemplo, pagar un préstamo. Si no lo hace, tú tienes preferencia para cobrar con eso, antes que otros acreedores. El bien tiene que poder venderse o transferirse, porque si no, no sirve como garantía. En corto: es como un "respaldo físico" que te asegura que te pagarán.
Texto oficial
Art. 2748.- La prenda es un derecho real constituído sobre un bien mueble enajenable para garantizar el cumplimiento de una obligación y su preferencia en el pago.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.