- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 2785
Artículo 2785 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La hipoteca es un acuerdo donde dejas un bien, como una casa o un terreno, como garantía de un préstamo, pero tú sigues usándolo y viviendo en él. Si no pagas lo que debes, el acreedor (la persona o banco que te prestó) tiene derecho a cobrar su deuda vendiendo ese bien. Eso sí, no puede quedárselo directamente, sino que cobra con lo que se obtenga de la venta. Además, tiene prioridad sobre otros deudores según lo que dice la ley. En resumen, es una forma de asegurar el pago sin que te quiten tu propiedad de inmediato.
Texto oficial
Art. 2785.- La hipoteca es una garantía real constituída sobre bienes que no se entregan al acreedor, y que da derecho a éste, en caso de incumplimiento de la obligación garantizada, a ser pagado con el valor de los bienes, en el grado de preferencia establecido por la ley.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.