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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/nuevo-leon/codigo-civil/2846
Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
2846

Artículo 2846 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La transacción es un acuerdo donde dos personas resuelven un pleito haciéndose concesiones mutuas. Este artículo dice que ese acuerdo se puede anular si se basó en un documento o contrato que no tiene validez legal (un "título nulo"). Pero hay una excepción: si ambas partes sabían desde el principio que ese documento era inválido y aun así quisieron hacer el acuerdo, entonces no se puede echar para atrás. En pocas palabras, si firmaste un arreglo sobre algo que legalmente no existía, puedes deshacerlo, a menos que hayas aceptado ese riesgo a propósito.

Texto oficial

Art. 2846.- Puede anularse la transacción cuando se hace en razón de un título nulo, a no ser que las partes hayan tratado expresamente de la nulidad.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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