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Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
293

Artículo 293 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El parentesco de consanguinidad es el lazo de sangre que une a las personas que vienen de un mismo papá o mamá, o sea, que comparten algún ancestro en común. Por ejemplo, tus hermanos, tus hijos, tus abuelos o tus tíos son tus parientes por consanguinidad, porque descienden de la misma familia. No importa si el parentesco es directo (como de padre a hijo) o más lejano (como primos), igual se considera de sangre. Es básicamente el vínculo familiar que se hereda por nacimiento.

Texto oficial

Art. 293.- El parentesco de consanguinidad es el que existe entre personas que descienden de un mismo progenitor. (REFORMADO, P.O. 26 DE SEPTIEMBRE DE 2025)

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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