- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 293
Artículo 293 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El parentesco de consanguinidad es el lazo de sangre que une a las personas que vienen de un mismo papá o mamá, o sea, que comparten algún ancestro en común. Por ejemplo, tus hermanos, tus hijos, tus abuelos o tus tíos son tus parientes por consanguinidad, porque descienden de la misma familia. No importa si el parentesco es directo (como de padre a hijo) o más lejano (como primos), igual se considera de sangre. Es básicamente el vínculo familiar que se hereda por nacimiento.
Texto oficial
Art. 293.- El parentesco de consanguinidad es el que existe entre personas que descienden de un mismo progenitor. (REFORMADO, P.O. 26 DE SEPTIEMBRE DE 2025)
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