- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 5
Artículo 5 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando una ley sale, no puede aplicarse hacia atrás para castigar o afectar a alguien por cosas que pasaron antes de que esa ley existiera. O sea, si hoy se aprueba una regla nueva, no te pueden juzgar ni cobrar por algo que hiciste antes de que esa regla estuviera vigente. Eso solo aplica si la ley te beneficia, pero nunca para perjudicarte. En corto: la ley no te puede agarrar de sorpresa con castigos por el pasado.
Texto oficial
Art. 5o.- A ninguna ley ni disposición gubernativa se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.