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Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
509

Artículo 509 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si un juez ve que un menor se quedó sin alguien que lo cuide (por ejemplo, porque sus padres fallecieron o no pueden hacerse cargo), entonces las autoridades van a nombrar a un tutor. El tutor es la persona que se encarga de cuidar al niño o adolescente y de administrar sus bienes. La ley ya tiene reglas para decidir quién será ese tutor, y el juez las sigue para hacerlo. En pocas palabras, el artículo dice que el sistema legal se encarga de que el menor siempre tenga a alguien responsable que lo proteja.

Texto oficial

Art. 509.- En el caso de que trata el artículo anterior, se proveerá a la tutela conforme a la ley.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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