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Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
514

Artículo 514 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si una persona que va a ser tutor (el que cuida de un menor o de alguien que no puede cuidarse solo) tiene varias razones para no aceptar ese cargo, debe decirlas todas al mismo tiempo y dentro del plazo que le den. Si solo dice una excusa, se considera que ya no puede usar las demás después. En pocas palabras, es como cuando en la escuela te piden justificar una falta: tienes que dar todos los pretextos de una vez, o ya no puedes agregar más.

Texto oficial

Art. 514.- Si el tutor tuviere dos o más excusas las propondrá simultáneamente, dentro del plazo respectivo; y si propone una sola se entenderán renunciadas las demás.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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