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Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
593

Artículo 593 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El tutor es la persona encargada de cuidar a un menor o a alguien que no puede valerse por sí mismo. Si ese tutor tiene dinero o deudas a favor del tutelado (como pagarés o préstamos), es su obligación cobrarlos. Cuando el plazo para cobrar ese dinero ya venció, el tutor tiene 60 días para hacer algo: lograr que le paguen, conseguir una garantía que asegure el pago, o iniciar un juicio para cobrarlo. Si no hace ninguna de esas cosas dentro de ese tiempo, entonces él mismo se hace responsable de pagar esa cantidad con su propio dinero.

Texto oficial

Art. 593.- El tutor es responsable del valor de los créditos activos si dentro de sesenta días, contados desde el vencimiento de su plazo, no ha obtenido su pago o garantía que asegure éste, o no ha pedido judicialmente el uno o la otra.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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