- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 632
Artículo 632 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo Local de Tutelas es como un vigilante que cuida que los tutores (las personas que se encargan de cuidar a menores o a quienes no pueden valerse por sí mismos) hagan bien su trabajo. El Consejo tiene que hacer una lista de personas confiables para que el juez elija de ahí a los tutores, y también debe estar pendiente de que los tutores cumplan con sus obligaciones, especialmente con la educación de los niños. Si ve que los bienes de una persona incapacitada están en peligro, o que alguien que necesita tutor no tiene uno, debe avisarle al juez para que arregle el asunto. También tiene que revisar que se lleve un registro correcto de todas las tutelas.
Texto oficial
Art. 632.- El Consejo Local de Tutelas es un órgano de vigilancia y de información, que, además de las funciones que expresamente le asignan varios de los artículos que preceden, tiene las obligaciones siguientes: I.- Formar y remitir a los jueces una lista de las personas de la localidad que por su aptitud legal y moral, puedan desempeñar la tutela, para que de entre ellas se nombren los tutores y curadores, en los casos que estos nombramientos correspondan al juez; (REFORMADA, P.O. 26 DE JUNIO DE 2026) II.- Velar porque los tutores cumplan sus deberes, especialmente en lo que se refiere a la educación de las niñas, niños o adolescentes; dando aviso al juez de las faltas u omisiones que notare; III.- Avisar al juez cuando tenga conocimiento de que los bienes de un incapacitado están en peligro, a fin de que dicte las medidas correspondientes; IV.- Investigar y poner en conocimiento del juez qué incapacitados carecen de tutor, con el objeto de que se hagan los respectivos nombramientos; V.- Cuidar con especialidad de que los tutores cumplan la obligación que les impone la fracción II del artículo 537; VI.- Vigilar el registro de tutelas, a fin de que sea llevado en debida forma. (ADICIONADO, P.O. 14 DE DICIEMBRE DE 2016)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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