- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 640
Artículo 640 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un menor de edad usó un documento falso o dijo mentiras a propósito para hacerse pasar como adulto, ya no puede usar su edad como excusa para evitar las consecuencias. O sea, si te hiciste pasar por mayor de edad con engaños, la ley te considera responsable de lo que hiciste. Esto aplica solo si la mentira fue intencional, no por un error. En pocas palabras, no puedes aprovecharte de tu edad para librarte si tú mismo engañaste a otros.
Texto oficial
Art. 640.- Tampoco pueden alegarla las niñas, niños o adolescentes, si han presentado certificados falsos del Registro Civil, para hacerse pasar como mayores o han manifestado dolosamente que lo eran. TITULO DECIMO DE LA EMANCIPACIÓN Y DE LA MAYOR EDAD CAPITULO I DE LA EMANCIPACION
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.