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Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
640

Artículo 640 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si un menor de edad usó un documento falso o dijo mentiras a propósito para hacerse pasar como adulto, ya no puede usar su edad como excusa para evitar las consecuencias. O sea, si te hiciste pasar por mayor de edad con engaños, la ley te considera responsable de lo que hiciste. Esto aplica solo si la mentira fue intencional, no por un error. En pocas palabras, no puedes aprovecharte de tu edad para librarte si tú mismo engañaste a otros.

Texto oficial

Art. 640.- Tampoco pueden alegarla las niñas, niños o adolescentes, si han presentado certificados falsos del Registro Civil, para hacerse pasar como mayores o han manifestado dolosamente que lo eran. TITULO DECIMO DE LA EMANCIPACIÓN Y DE LA MAYOR EDAD CAPITULO I DE LA EMANCIPACION

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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