- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 753
Artículo 753 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Lo que dice la ley es que hay cosas que se consideran "muebles" porque se pueden mover de un lugar a otro. Esto aplica tanto si se mueven solas, como un animal, como si necesitas que algo o alguien las mueva, como una silla o una caja. En otras palabras, todo lo que no esté fijo o pegado al suelo cuenta como mueble. Así de simple: si lo puedes cargar, empujar o se mueve por sí mismo, es un bien mueble.
Texto oficial
Art. 753.- Son muebles por su naturaleza, los cuerpos que pueden trasladarse de un lugar a otro ya se muevan por sí mismos, ya por efecto de una fuerza exterior.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.