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Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
753

Artículo 753 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Lo que dice la ley es que hay cosas que se consideran "muebles" porque se pueden mover de un lugar a otro. Esto aplica tanto si se mueven solas, como un animal, como si necesitas que algo o alguien las mueva, como una silla o una caja. En otras palabras, todo lo que no esté fijo o pegado al suelo cuenta como mueble. Así de simple: si lo puedes cargar, empujar o se mueve por sí mismo, es un bien mueble.

Texto oficial

Art. 753.- Son muebles por su naturaleza, los cuerpos que pueden trasladarse de un lugar a otro ya se muevan por sí mismos, ya por efecto de una fuerza exterior.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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