- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 92
Artículo 92 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando vayan a casarse, en el documento que presentan deben escribir los datos completos de ambos: nombre, edad, trabajo, nacionalidad y dónde viven, igual que los de sus papás si los conocen. Si uno o los dos ya se casaron antes, también tienen que decir con quién fue, por qué terminó ese matrimonio y en qué fecha. Además, deben indicar el orden de los apellidos que llevarán sus hijos, confirmar que no tienen ningún impedimento legal para casarse y manifestar que es su voluntad hacerlo. Por último, tienen que demostrar que no están en la lista de deudores de pensiones alimenticias, o si están, comprobar con una orden de un juez que ya están al corriente pagando.
Texto oficial
Art. 92.- La solicitud a que se refiere el artículo anterior, expresará: (REFORMADA, P.O. 18 DE ENERO DE 2023) l.- Los nombres, apellidos, edad, ocupación, nacionalidad y domicilio, tanto de los pretendientes como de sus padres, si estos, fueran conocidos. Cuando alguno o ambos pretendientes hayan sido casados, se expresará también el nombre de la persona con quien se celebró el anterior matrimonio, la causa de su disolución y fecha de ésta, (REFORMADA, P.O. 18 DE ENERO DE 2023) ll.- El orden de los apellidos que en su caso llevarán sus hijos y/o hijas. (REFORMADA, P.O. 26 DE SEPTIEMBRE DE 2025) III. Que no tienen impedimento legal para casarse; (REFORMADA, P.O. 26 DE SEPTIEMBRE DE 2025) IV. Que es su voluntad unirse en matrimonio; y (REFORMADA, P.O. 26 DE JUNIO DE 2026) V. Que no estén inscritos dentro del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, ni en el Registro Estatal de Obligaciones Alimentarias, o en caso contrario, acreditar mediante resolución judicial, que se encuentra al corriente con el cumplimiento de las obligaciones alimentarias que han generado su inscripción en alguno de esos registros. (REFORMADO Y REUBICADO, P.O. 01 DE ENERO DE 1982)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.