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- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 948
Artículo 948 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no sirve, porque fue eliminado de la ley en 1955. Imagina que es una regla vieja que se tachó de un libro: ya no tiene ningún efecto. Por eso, no tienes que preocuparte por cumplirla ni saber qué decía. Lo que importa es que hoy en día no aplica para nada.
Texto oficial
Art. 948.- (DEROGADO, P.O. 17 DE DICIEMBRE DE 1955)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.