- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 977
Artículo 977 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El usufructo es un derecho que te da permiso de usar y aprovechar cosas que no son tuyas, como una casa o un terreno, pero solo por un tiempo definido. Puedes vivir en ella, rentarla o usarla para lo que necesites, pero no puedes venderla ni regalarla porque el dueño sigue siendo el dueño. Cuando se acaba el tiempo o se cumple lo que se pactó, el bien regresa completo al dueño. Es como si te prestaran un coche: lo usas, pero no es tuyo y al final lo entregas.
Texto oficial
Art. 977.- El usufructo es el derecho real y temporal de disfrutar de los bienes ajenos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.