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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/nuevo-leon/codigo-de-procedimientos-civiles/934
Ley
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León
Artículo
934

Artículo 934 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no está vigente. Fue eliminado de la ley en febrero de 2009, junto con todo su capítulo, que hablaba sobre la adopción. Así que hoy no tiene ningún efecto legal y no debes preocuparte por él. Solo es un registro de algo que existió antes, pero ya no se usa.

Texto oficial

Artículo 934.- (DEROGADO, P.O. 20 DE FEBRERO DE 2009). (DEROGADO CON LOS ARTICULOS QUE LO INTEGRAN, P.O. 20 DE FEBRERO DE 2009) CAPITULO IV DE LA ADOPCION.

Ver texto oficial del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.