Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/nuevo-leon/codigo-de-procedimientos-civiles/935
- Ley
- Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León
- Artículo
- 935
Artículo 935 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no existe en la ley, porque fue eliminado oficialmente el 20 de febrero de 2009. Eso significa que ya no tiene ningún valor ni efecto legal. Si alguien te lo menciona, no te preocupes, es como si nunca hubiera estado vigente. En pocas palabras, es un artículo que quedó fuera del sistema legal.
Texto oficial
Artículo 935.- (DEROGADO, P.O. 20 DE FEBRERO DE 2009).
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.