Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/nuevo-leon/codigo-fiscal/108
Ley
Código Fiscal del Estado de Nuevo León
Artículo
108

Artículo 108 del Código Fiscal del Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si haces o usas cosas parecidas a los documentos oficiales del estado (como calcomanías, placas, tarjetones o formas numeradas) sin permiso de la Secretaría de Finanzas, te pueden encarcelar de 3 meses a 3 años. Esto incluye fabricar las herramientas para crearlos, imprimirlos o usarlos para tu beneficio o el de alguien más. También es delito si usas esos documentos para aparentar que cumpliste con un trámite o pago que en realidad no hiciste. En pocas palabras, es un fraude contra el gobierno y se castiga con cárcel.

Texto oficial

ARTICULO 108.- Se impondrá sanción de tres meses a tres años de prisión, a quien sin autorización de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado: I.- Grabe o manufacture matrices, punzones, dados, clichés o negativos, semejantes a los que la propia Secretaría use para imprimir, grabar o troquelar calcomanías, formas valoradas o numeradas, placas o tarjetones. II.- Imprima, grabe o troquele calcomanías, formas valoradas o numeradas, placas o tarjetones semejantes a los que use la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado. (ADICIONADO, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 1999) III.- Utilice para beneficio propio o de terceros las calcomanías, formas valoradas o numeradas y tarjetones a que se refiere la fracción anterior. (ADICIONADO, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 1999) IV.- Utilice las calcomanías, formas valoradas o numeradas, tarjetones u otros documentos emitidos o autorizados por la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado, para comprobar el cumplimiento de obligaciones que en realidad no fueron cumplidas.

Ver texto oficial del Código Fiscal del Estado de Nuevo León (pág. 69) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.