Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/nuevo-leon/codigo-fiscal/125
Ley
Código Fiscal del Estado de Nuevo León
Artículo
125

Artículo 125 del Código Fiscal del Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya fue eliminado de la ley el 23 de diciembre de 2009, así que ya no tiene ningún efecto legal. Aunque después hubo una reforma en 2015, eso no lo volvió a poner en vigor. En pocas palabras: es una regla que ya no existe y nadie tiene que cumplirla actualmente.

Texto oficial

ARTICULO 125.- (DEROGADO, P.O. 23 DE DICIEMBRE DE 2009) (REFORMADO, P.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2015)

Ver texto oficial del Código Fiscal del Estado de Nuevo León (pág. 73) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.