- Ley
- Código Fiscal del Estado de Nuevo León
- Artículo
- 176
Artículo 176 del Código Fiscal del Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando alguien quiera ofrecer comprar algo en una subasta, debe entregar un escrito que incluya ciertos datos. Si es una persona, tiene que poner su nombre, de dónde es y dónde vive, además de su RFC si lo tiene. Si es una empresa, debe anotar su nombre oficial, la fecha en que se creó, su RFC y su dirección. También tiene que decir cuánto dinero está ofreciendo y cómo piensa pagarlo.
Texto oficial
ARTICULO 176.- El escrito en que se haga la postura deberá contener: (F. DE E., P.O. 28 DE DICIEMBRE DE 1984) I.- Cuando se trate de personas físicas, el nombre, la nacionalidad y el domicilio del postor, y en su caso, la clave del registro federal de contribuyentes; tratándose de sociedades, el nombre o razón social, la fecha de constitución, la clave del registro federal de contribuyentes y el domicilio social. II.- La cantidad que se ofrezca y la forma de pago.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.