- Ley
- Código Fiscal del Estado de Nuevo León
- Artículo
- 211
Artículo 211 del Código Fiscal del Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo ya no es válido, es decir, fue eliminado de la ley. La razón es que otra ley más nueva, la del Tribunal de lo Contencioso Administrativo de Nuevo León, lo dejó sin efecto desde 1991. En corto, ya no tienes que preocuparte por él porque no tiene ningún valor legal hoy en día. Piensa que es como una regla que se borró del reglamento y ya no se aplica. Así que no te afecta para nada.
Texto oficial
ARTICULO 211.- (DEROGADO POR EL ARTICULO SEGUNDO TRANSITORIO DE LA LEY ORGANICA DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE NUEVO LEON, P.O. 5 DE JULIO DE 1991)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.