- Ley
- Código Fiscal del Estado de Nuevo León
- Artículo
- 56
Artículo 56 del Código Fiscal del Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 56 dice que, para calcular cuánto ganó un contribuyente (persona o empresa que paga impuestos) cuando el SAT no está seguro de sus ingresos, puede usar cualquiera de estas formas: revisar su contabilidad (registros de dinero), usar sus declaraciones de impuestos anteriores (con cambios si fueron corregidas), pedir información a personas o empresas que hagan negocios con él, usar datos de otras autoridades, comparar con lo que pagan negocios parecidos, o usar métodos indirectos para estimar sus ingresos. En pocas palabras, el SAT tiene varias herramientas para "adivinar" cuánto debes pagar si no le cuadran tus números.
Texto oficial
ARTICULO 56.- Para los efectos de la determinación presuntiva a que se refiere el artículo anterior, las autoridades fiscales calcularán los ingresos brutos de los contribuyentes y el valor de los actos o actividades sobre los que proceda el pago de contribuciones, para el ejercicio de que se trate, indistintamente con cualquiera de los siguientes procedimientos: I.- Utilizando los datos de la contabilidad del contribuyente. II.- Tomando como base los datos contenidos en las declaraciones del ejercicio correspondiente a cualquier contribución, sea del mismo ejercicio o de cualquier otro, con las modificaciones que, en su caso, hubieran tenido con motivo del ejercicio de las facultades de comprobación. III.- A partir de la información que proporcionen terceros a solicitud de las autoridades fiscales, cuando tengan relación de negocios con el contribuyente. IV.- Con información obtenida por otras autoridades fiscales. V.- Tomando como base los tributos cubiertos o datos proporcionados por otros contribuyentes de características o giros similares. VI.- Utilizando medios indirectos de la investigación económica o de cualquier otra clase.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.