- Ley
- Código Penal para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 101
Artículo 101 del Código Penal para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo ya no vale, o sea, está eliminado. Fue derogado en 1994 por una ley nueva que trata sobre cómo se aplican las sanciones penales en Nuevo León. Por lo tanto, no tienes que preocuparte por él, porque ya no tiene ningún efecto legal. Simplemente es una nota histórica que ya no se usa.
Texto oficial
ARTICULO 101.- (DEROGADO POR EL ARTICULO CUARTO TRANSITORIO DE LA LEY QUE REGULA LA EJECUCIÓN DE SANCIONES PENALES DEL ESTADO DE NUEVO LEON, P.O. 1 DE JUNIO DE 1994)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.