Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/nuevo-leon/codigo-penal/140
Ley
Código Penal para el Estado de Nuevo León
Artículo
140

Artículo 140 del Código Penal para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que hay ciertos delitos tan graves que nunca se ‘borran’ con el tiempo. O sea, ni la policía o el ministerio público dejan de poder investigar y castigar, ni el castigo deja de aplicarse, sin importar cuántos años pasen. Esto aplica a delitos como terrorismo, sabotaje, violación, delincuencia organizada, homicidio calificado y otros parecidos. También incluye delitos hechos a propósito (no accidentes) que causen incendios, inundaciones, explosiones, o que maten a dos o más personas con veneno, gas o una enfermedad incurable. Por último, aplica cuando un delito intencional causa la muerte de niñas, niños o adolescentes.

Texto oficial

ARTICULO 140.- SERAN IMPRESCRIPTIBLES, TANTO LA ACCION COMO LA SANCION EN LOS CASOS SIGUIENTES: (REFORMADA, P.O. 13 DE DICIEMBRE DE 2025) I. LA COMISIÓN DE DELITOS DE TERRORISMO, SABOTAJE, VIOLACIÓN Y FIGURAS EQUIPARADAS, DELINCUENCIA ORGANIZADA, PARRICIDIO, DELITOS CONTRA LA LIBERTAD, HOMICIDIO CALIFICADO, Y LOS SEÑALADOS EN LAS FRACCIONES I Y II DEL ARTÍCULO 196, 201 BIS, 201 BIS 2 Y 331 BIS 2 DE ESTE CÓDIGO; (REFORMADA, P.O. 13 DE DICIEMBRE DE 2025) II. LOS DELITOS DOLOSOS CAUSADOS POR INUNDACIÓN, INCENDIO, MINAS, BOMBAS O EXPLOSIVOS; (REFORMADA, P.O. 13 DE DICIEMBRE DE 2025) III. LOS DELITOS DOLOSOS QUE SE COMETAN POR ENVENENAMIENTO, ASFIXIA, GAS, CONTAGIO DE UNA ENFERMEDAD INCURABLE, O ENERVANTES CUANDO SEAN DOS O MÁS LAS VÍCTIMAS; Y (ADICIONADA, P.O. 13 DE DICIEMBRE DE 2025) IV. LOS DELITOS DOLOSOS QUE PRODUZCAN QUE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES VÍCTIMAS PIERDAN LA VIDA. (ADICIONADO, P.O. 28 DE JULIO DE 2004)

Ver texto oficial del Código Penal para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.