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Ley
Código Penal para el Estado de Nuevo León
Artículo
206

Artículo 206 del Código Penal para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien cuenta un secreto o información privada que conoció por su trabajo, sin tener una razón válida y sin permiso de la persona afectada, le pueden dar de 2 meses a 2 años de cárcel y una multa. La multa se calcula en cuotas, que van de 1 a 10, y el juez decide cuánto pagar según el caso. Esto aplica aunque la información la haya recibido por su puesto o cargo, no importa si era un documento o una conversación. En pocas palabras, es un delito violar la confianza cuando tu trabajo te da acceso a secretos de otros.

Texto oficial

ARTICULO 206.- SE APLICARA PRISION DE DOS MESES A DOS AÑOS Y MULTA DE UNA A DIEZ CUOTAS, AL QUE SIN JUSTA CAUSA, Y SIN CONSENTIMIENTO DEL QUE PUEDA RESULTAR PERJUDICADO, REVELE ALGUN SECRETO O COMUNICACION RESERVADA, QUE CONOCE O HA RECIBIDO CON MOTIVO DE SU EMPLEO, CARGO O PUESTO. (ADICIONADO, P.O. 19 DE DICIEMBRE DE 2008)

Ver texto oficial del Código Penal para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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