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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/nuevo-leon/codigo-penal/357%2520BIS
Ley
Código Penal para el Estado de Nuevo León
Artículo
357 BIS

Artículo 357 BIS del Código Penal para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no existe en la ley, fue eliminado el 10 de julio de 2013, así que hoy no tiene ningún efecto legal. Significa que lo que decía antes ya no se aplica para nada. Si lo ves en algún libro o página, es solo información histórica, pero no te afecta. En corto, no tienes que preocuparte por cumplir con algo que ya está derogado.

Texto oficial

ARTÍCULO 357 BIS.- (DEROGADO, P.O. 10 DE JULIO DE 2013)

Ver texto oficial del Código Penal para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.