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- Ley
- Código Penal para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 425
Artículo 425 del Código Penal para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no existe en la ley, fue eliminado oficialmente en julio de 2014. Cuando una ley dice "derogado", significa que ese artículo ya no tiene efecto y no se aplica. Así que no tienes que preocuparte por cumplir con lo que decía, porque ya no es válido.
Texto oficial
ARTÍCULO 425.- DEROGADO, P.O. 08 DE JULIO DE 2014.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.