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- Ley
- Código Penal para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 436
Artículo 436 del Código Penal para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no existe en la ley. La palabra "derogado" significa que fue eliminado o cancelado oficialmente desde el 9 de abril de 2018, así que ya no tiene ningún efecto ni se puede aplicar. En pocas palabras, es como si ese artículo nunca hubiera estado vigente para asuntos actuales.
Texto oficial
ARTÍCULO 436.- DEROGADO. P.O. 09 DE ABRIL DE 2018.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.