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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/nuevo-leon/codigo-penal/436
Ley
Código Penal para el Estado de Nuevo León
Artículo
436

Artículo 436 del Código Penal para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo ya no existe en la ley. La palabra "derogado" significa que fue eliminado o cancelado oficialmente desde el 9 de abril de 2018, así que ya no tiene ningún efecto ni se puede aplicar. En pocas palabras, es como si ese artículo nunca hubiera estado vigente para asuntos actuales.

Texto oficial

ARTÍCULO 436.- DEROGADO. P.O. 09 DE ABRIL DE 2018.

Ver texto oficial del Código Penal para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.