- Ley
- Código Penal para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 84
Artículo 84 del Código Penal para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo ya no es válido, porque una ley posterior de 1994 lo eliminó oficialmente. Eso significa que ya no se usa ni se aplica en ningún caso. En pocas palabras, está fuera de la ley vigente, así que no tienes que preocuparte por él. Solo queda como un registro histórico de que existió en su momento, pero sin efectos prácticos hoy.
Texto oficial
ARTICULO 84.- (DEROGADO POR EL ARTICULO CUARTO TRANSITORIO DE LA LEY QUE REGULA LA EJECUCIÓN DE SANCIONES PENALES DEL ESTADO DE NUEVO LEON, P.O. 1 DE JUNIO DE 1994)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.