Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
1a./J. 137/2011 (9a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa, Común

RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 1998. NO PROCEDE SU ANÁLISIS EN EL AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN, TODA VEZ QUE NO SE ENCUENTRA EN LOS SUPUESTOS DE LA FRACCIÓN IX, DEL ARTÍCULO 107 CONSTITUCIONAL Y 83, FRACCIÓN V, DE LA LEY DE AMPARO.

[J]; 10a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Libro III, Diciembre de 2011; Tomo 3; Pág. 2129

Precedentes

Amparo directo en revisión 1827/2006. Grupo Empresarial Seser, S.A. de C.V. 6 de diciembre de 2006. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Juan N. Silva Meza. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretario: Juan Carlos Roa Jacobo. Amparo directo en revisión 1971/2007. Azucarera de la Chontalpa, S.A. de C.V. 20 de febrero de 2008. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Juan N. Silva Meza. Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Secretario: José Alberto Tamayo Valenzuela. Amparo directo en revisión 929/2008. Mármoles Industriales T.O.S.A., S.A. de C.V. 9 de julio de 2008. Cinco votos. Ponente: Sergio A. Valls Hernández. Secretaria: Paola Yaber Coronado. Amparo directo en revisión 1792/2009. Hogares, Comercio e Industria, S.A. de C.V. 3 de febrero de 2010. Mayoría de cuatro votos. Disidente: José Ramón Cossío Díaz. Ponente: Juan N. Silva Meza. Secretario: Pedro Arroyo Soto. Amparo directo en revisión 873/2011. Unión Agropecuaria Trabajando por Axocopan, S.C. de R.L. de C.V. 25 de mayo de 2011. Cinco votos. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretaria: Dolores Rueda Aguilar. Tesis de jurisprudencia 137/2011 (9a.). Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada de veintiséis de octubre de dos mil once.

Tesis relacionadas

→ Más tesis en materia administrativa