I.7o.C.167 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
COSTAS EN EL JUICIO ORDINARIO CIVIL. PROCEDE CONDENAR AL TERCERO LLAMADO A JUICIO QUE AL HABER ADQUIRIDO EL CARÁCTER DE PARTE, APELÓ DEL FALLO DE PRIMERA INSTANCIA QUE FUE CONFIRMADO POR EL TRIBUNAL DE ALZADA.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXIV, Agosto de 2011; Pág. 1307
Procede la condena en costas al que fuere condenado por dos sentencias conformes de toda conformidad en su parte resolutiva; en este caso, debe concluirse que "siempre" serán sancionados en costas en ambas instancias, los que fueren sentenciados por dos resoluciones conformes de toda conformidad, sin que para ello se requiera que exista parte vencida en el juicio. En este contexto, al incorporarse un tercero llamado a juicio a la contienda judicial para que haga valer lo que a su derecho convenga respecto de la controversia planteada, adquiere el carácter de parte y en ese tenor si apela al fallo de primera instancia, el cual se confirma por el tribunal de alzada, entonces es aplicable por identidad de razón el supuesto contemplado en la
fracción IV del artículo 140 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal
, sin que se requiera para su procedencia que exista petición de parte, puesto que tal condena opera de oficio.
SÉPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 353/2011. Rafaela González García. 30 de junio de 2011. Unanimidad de votos. Ponente: Manuel Ernesto Saloma Vera. Secretario: Jorge Ricardo Sánchez Corona.