2a. XLI/2011Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa, Constitucional
DERECHOS. EL ARTÍCULO 56, FRACCIÓN II, INCISOS B) Y C), DE LA LEY FEDERAL RELATIVA, NO VIOLA LA GARANTÍA DE PROPORCIONALIDAD TRIBUTARIA (LEGISLACIÓN VIGENTE EN 2010).
[TA]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXIII, Abril de 2011; Pág. 673
El citado precepto prevé la obligación de los contribuyentes de pagar anualmente derechos por el servicio de supervisión de permisos de energía eléctrica, atendiendo a los Megawatts autorizados, para lo cual el legislador estableció una cuota mayor a más Megawatts autorizados. Así, el referido derecho se causa por el servicio de supervisión de permisos que se genera al otorgar un permiso de energía eléctrica, toda vez que al tratarse de un bien cuyo fin es destinado a un servicio público, es necesario verificar que se atienda al uso y a las condiciones de infraestructura necesarias que se van modificando para hacer más eficiente la generación de energía eléctrica, y así atender a la finalidad por la cual se otorgan este tipo de permisos. La supervisión del Estado de las condiciones de los permisos conlleva a costos directos e indirectos, ya que requiere de una estructura administrativa, operativa, funcional y técnica, que se concretiza en diversos elementos, tales como: a) Un organismo específico para la realización de dicha actividad; b) Capacitación continua del personal para que puedan verificar que se cumplan las condiciones autorizadas y las obligaciones; c) Viáticos por el desplazamiento del personal a los lugares en los que se tenga que verificar; d) Inspección de la documentación correspondiente; y, e) El número de personas en la inspección y el tiempo en el que la llevarán a cabo, entre otros. De lo anterior deriva que los Megawatts autorizados es un referente que se encuentra relacionado con el objeto del derecho de supervisión, consistente en revisar de manera continua la generación de energía eléctrica que fue autorizada determinada en Megawatts, para los usos específicos y bajo las condiciones establecidas en la ley y en las Normas Oficiales Mexicanas. Por otro lado, el parámetro escogido por el legislador para individualizar el costo, consistente en cobrar el derecho en función de que a mayor capacidad autorizada se incrementa la cuota a pagar, es razonable, toda vez que existe una correlación entre la capacidad de energía eléctrica que el Estado puede autorizar y el costo que le genera la supervisión de los permisos. En tales términos, el artículo
56, fracción II, incisos b) y c), de la Ley Federal de Derechos
vigente en 2010, no viola la garantía de proporcionalidad tributaria contenida en el artículo
31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
, ya que existe una congruencia entre el costo del servicio y la cantidad que por éste se cobra al gobernado, en tanto que los Megawatts autorizados son un referente que se encuentra relacionado con el objeto del derecho por servicios de supervisión de que se trata, siendo razonable el parámetro utilizado por el legislador.
Precedentes
Amparo en revisión 803/2010. Cervecería Cuauhtémoc Moctezuma, S.A. de C.V. 26 de enero de 2011. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Margarita Beatriz Luna Ramos. Ponente: Sergio A. Valls Hernández. Secretaria: Paola Yaber Coronado.