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2a. XCIX/2010Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Común

REVISIÓN EN AMPARO DIRECTO. EL EXAMEN DEL REQUISITO DE IMPORTANCIA Y TRASCENDENCIA QUE CONDICIONA SU PROCEDENCIA, REQUIERE DE UNA DETERMINACIÓN COLEGIADA DEL TRIBUNAL EN PLENO O DE LAS SALAS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN.

[TA]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXII, Octubre de 2010; Pág. 385

Precedentes

Reclamación 224/2010. Lomedic, S.A. de C.V. 7 de julio de 2010. Cinco votos. Ponente: Sergio A. Valls Hernández. Secretario: José Álvaro Vargas Ornelas. Nota: El acuerdo número 5/1999, del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación citado, aparece publicado en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, tomo XX, julio de 1999, página 927.

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