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XX.2o.59 ATesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

REQUERIMIENTO DEL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES OMITIDAS. CONSTITUYE UNA RESOLUCIÓN DEFINITIVA PARA EFECTOS DE LA PROCEDENCIA DEL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL, PORQUE CONSTRIÑE AL CONTRIBUYENTE A PRESENTAR LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA Y LO PREVIENE PARA EL PAGO DE LOS HONORARIOS GENERADOS.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXII, Agosto de 2010; Pág. 2382

Precedentes

Amparo directo 53/2010. **********. 6 de mayo de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Arteaga Álvarez. Secretaria: Marylin Ramírez Avendaño. Nota: Por ejecutoria del 22 de enero de 2025, el Pleno Regional en Materias Administrativa y Civil de la Región Centro-Sur, con residencia en la Ciudad de México declaró inexistente la contradicción de criterios 113/2024, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, en virtud de que "para afirmar que entre los criterios sostenidos por los órganos jurisdiccionales contendientes existe verdaderamente un punto de toque, esto es, un razonamiento en el que la interpretación ejercida gira en torno a un mismo tipo de problema jurídico, ambos tribunales deberían haber analizado requerimientos similares, esto es, ambos requerimientos de obligaciones omitidas de orden local o los dos de orden federal, emitidos por autoridades y con base en fundamentos legales también de un solo orden competencial (nacional o estatal) y, que sobre dicho acto, uno de tales tribunales determinara que sí se trata de una resolución definitiva impugnable a través del juicio administrativo y que el otro órgano jurisdiccional resolviera lo contrario."

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