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2a./J. 155/2009 Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Laboral

JUBILACIÓN. LA DISMINUCIÓN DEL SALARIO BASE DEL EQUIVALENTE A LA "SUMA QUE SE DEDUCE A LOS TRABAJADORES ACTIVOS POR CONCEPTO DE IMPUESTO SOBRE PRODUCTOS DEL TRABAJO", NO CONSTITUYE UNA RETENCIÓN TRIBUTARIA.

[J]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXII, Agosto de 2010; Pág. 440

Precedentes

Contradicción de tesis 271/2009. Entre las sustentadas por el Primer Tribunal Colegiado del Décimo Octavo Circuito y el Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Octavo Circuito. 23 de septiembre de 2009. Cinco votos. Ponente: José Fernando Franco González Salas. Secretario: Israel Flores Rodríguez. Tesis de jurisprudencia 155/2009. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del treinta de septiembre de dos mil nueve. Nota: Por instrucciones de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, esta tesis que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXX, octubre de 2009, página 93 , se publica nuevamente con la fecha correcta de resolución del expediente del que derivó. La Ley del Impuesto sobre la Renta de 2002 fue abrogada por Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de diciembre de 2013. Respecto de los artículos 109, fracción III, y 110, primer párrafo, a que se refiere esta tesis, véanse los artículos 93, fracción IV, y 94, primer párrafo, de la ley vigente.