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1a./J. 14/2010Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Común

SECRETARIOS DE JUZGADO DE DISTRITO. LA AUTORIZACIÓN CONFERIDA POR EL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL PARA SUSTITUIR AL JUEZ DURANTE SU PERIODO VACACIONAL, IMPLICA LA FACULTAD DE DICTAR EL FALLO DEFINITIVO TANTO EN JUICIOS DE AMPARO COMO EN PROCEDIMIENTOS DE DIVERSA MATERIA.

[J]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXI, Mayo de 2010; Pág. 716

Precedentes

Contradicción de tesis 69/2009. Entre las sustentadas por el entonces Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Primer Circuito, ahora Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del mismo circuito y el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito. 13 de enero de 2010. Cinco votos. Ponente: Juan N. Silva Meza. Secretario: Manuel González Díaz. Tesis de jurisprudencia 14/2010. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de fecha veinte de enero de dos mil diez. Nota: Por ejecutoria del veintinueve de septiembre de dos mil quince, el Pleno del Vigésimo Circuito declaró improcedente la solicitud de sustitución de jurisprudencia 2/2015 derivada de la solicitud de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis.

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