II.4o.A.19 ATesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS ADSCRITOS A TRIBUNALES DE CIRCUITO Y JUZGADOS DE DISTRITO. LAS RESOLUCIONES QUE DICTEN LOS TITULARES DE DICHOS ÓRGANOS DENTRO DEL PROCEDIMIENTO RELATIVO EN AUXILIO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL SON DEFINITIVAS E INATACABLES, AUN EN EL AMPARO.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXI, Marzo de 2010; Pág. 3059
De conformidad con los artículos
132, párrafos primero y segundo, 136, 137 y 146 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta los procedimientos de responsabilidad administrativa y el seguimiento de la situación patrimonial
, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de octubre de 2006, reformado mediante diverso
acuerdo general
del propio consejo, publicado en el referido medio de difusión oficial el 6 de mayo de 2008, se advierte que es facultad originaria del Consejo de la Judicatura Federal conocer de los procedimientos de responsabilidad administrativa instaurados contra los servidores públicos adscritos a Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito; por tanto, las resoluciones que dicten los titulares de estos órganos dentro del mencionado procedimiento disciplinario en auxilio del aludido consejo, revisten características y naturaleza similares a las que éste pronunciaría al tramitarlo y resolverlo, por lo que conforme al artículo
100, párrafo noveno, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
, no admitirán juicio ni recurso alguno, es decir, son definitivas e inatacables, aun en el amparo, de lo que deriva que el juicio de garantías que se interponga contra dichas determinaciones es improcedente conforme al artículo
73, fracción XVIII
, de la ley de la materia.
CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión (improcedencia) 227/2009. María Isabel Santiago Márquez. 27 de noviembre de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Adalberto Eduardo Herrera González. Secretario: Erik Juárez Olvera.
Nota: El Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta los procedimientos de responsabilidad administrativa y el seguimiento de la situación patrimonial y el diverso acuerdo general del propio consejo que lo reformó citados, aparecen publicados en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXVII, marzo y abril de 2008, páginas 2253 y 2481, respectivamente.