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P. XVIII/2010 Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Común

CONTROVERSIA PREVISTA EN EL ARTÍCULO 11, FRACCIÓN XX, DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN. LA SENTENCIA PRONUNCIADA EN ESE PROCEDIMIENTO SÓLO DELIMITA LA ESFERA COMPETENCIAL DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN O DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, Y ESTABLECE LA FORMA DE RESPETARLA.

[TA]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXI, Febrero de 2010; Pág. 14

Precedentes

Controversia prevista en la fracción XX del artículo 11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación 1/2007. Ministro Mariano Azuela Güitrón, entonces Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal y otro. 23 de junio de 2009. Mayoría de siete votos. Ausentes: Mariano Azuela Güitrón y Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Disidentes: Sergio Salvador Aguirre Anguiano y Juan N. Silva Meza. Ponente: Margarita Beatriz Luna Ramos. Secretarios: Paula María García Villegas, Jorge Luis Revilla de la Torre, Bertín Vázquez González, Israel Flores Rodríguez y Fanuel Martínez López. El Tribunal Pleno, el quince de febrero en curso, aprobó, con el número XVIII/2010, la tesis aislada que antecede. México, Distrito Federal, a quince de febrero de dos mil diez.