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1a./J. 76/2009 Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Constitucional, Penal

SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LAS PENAS. EN LA DETERMINACIÓN PARA REVOCARLA NO OPERA LA GARANTÍA DE PREVIA AUDIENCIA A FAVOR DEL SENTENCIADO (LEGISLACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL).

[J]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXX, Noviembre de 2009; Pág. 375

Precedentes

Contradicción de tesis 124/2009. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Segundo y Noveno, ambos en Materia Penal del Primer Circuito. 17 de junio de 2009. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Sergio A. Valls Hernández. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretario: Fernando A. Casasola Mendoza. Tesis de jurisprudencia 76/2009. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de fecha ocho de julio de dos mil nueve.