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XV.1o.21 P Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal

SUSTITUCIÓN DE LA PENA Y CONDENA CONDICIONAL, BENEFICIOS DE. PARA NEGARLOS NO DEBEN TOMARSE EN CUENTA PRUEBAS AGREGADAS POSTERIORMENTE AL CIERRE DE INSTRUCCIÓN Y CELEBRACIÓN DE LA AUDIENCIA DE VISTA.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IX, Marzo de 1999; Pág. 1464

Precedentes

Amparo directo 873/98. José de Jesús Beltrán Luna. 13 de enero de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Molina Torres. Secretaria: Elia Muñoz Aguilar.

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