I.13o.T.251 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
CERTIFICADO DE DERECHOS EXPEDIDO POR EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL. SU VERACIDAD NO PUEDE SER DESVIRTUADA EN EL JUICIO LABORAL POR UNA COMUNICACIÓN INTERNA SOBRE LA VERIFICACIÓN DE UN REGISTRO PATRONAL.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXX, Octubre de 2009; Pág. 1374
El certificado de derechos expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social en su carácter de autoridad es la prueba idónea para acreditar las semanas que un derechohabiente ha cotizado tanto en el régimen obligatorio como en el voluntario, al haber sido expedido por funcionario autorizado cuyo nombre y firma constan en el mismo, por ser éste responsable, administrativamente, de la veracidad de los datos ahí asentados. En congruencia con lo anterior, la certeza de los hechos que generaron el registro de los datos que contiene el certificado no puede ser desvirtuada con una comunicación interna sobre la verificación de un registro patronal (auditoría-patrones), para desconocer al asegurado las semanas de cotización que como autoridad certificó, porque esto implicaría negarle el valor probatorio que por su propia naturaleza merece.
DÉCIMO TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 580/2009. Odilón Paredes Cervantes. 9 de julio de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Héctor Landa Razo. Secretaria: Ahideé Violeta Serrano Santillán.