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1a./J. 70/2009Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Civil

DICTAMEN PERICIAL EN EL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL. EL PLAZO PARA SU RENDICIÓN DEBE COMPUTARSE A PARTIR DEL DÍA HÁBIL SIGUIENTE A LA FECHA EN QUE EL PERITO PRESENTE SU ESCRITO DE ACEPTACIÓN Y PROTESTA DEL CARGO.

[J]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXX, Septiembre de 2009; Pág. 100

Precedentes

Contradicción de tesis 54/2009. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Tercero y Décimo Primero, ambos en Materia Civil del Primer Circuito. 3 de junio de 2009. Mayoría de tres votos. Disidentes: Juan N. Silva Meza y Sergio A. Valls Hernández. Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Secretaria: Rosa María Rojas Vértiz Contreras. Tesis de jurisprudencia 70/2009. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de fecha diez de junio de dos mil nueve.

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