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📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria del 19 de junio de 2019, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 120/2019 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

I.13o.T.235 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
Registro digital (IUS)
166906
Clave de tesis
I.13o.T.235 L
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Laboral
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXX, Julio de 2009; Pág. 1967

OFRECIMIENTO DE TRABAJO. SI ES DE MALA FE PORQUE DERIVA DE UNA CUESTIÓN DISTINTA A LOS TÉRMINOS EN QUE SE PROPUSO, COMO ES LA BAJA DEL TRABAJADOR ANTE EL SEGURO SOCIAL SOLICITADA POR EL PATRÓN PREVIAMENTE A LA OFERTA, NO PUEDE ATENDERSE A SI EL RECHAZO A LA REINSTALACIÓN DEMUESTRA DESINTERÉS EN OBTENER UN LAUDO CONDENATORIO (INAPLICACIÓN DE LA JURISPRUDENCIA 2a./J. 97/2005).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXX, Julio de 2009; Pág. 1967

Precedentes

Amparo directo 1318/2008. **********. 26 de marzo de 2009. Mayoría de votos. Disidente y Ponente: Héctor Landa Razo. Encargado del engrose: José Manuel Hernández Saldaña. Secretaria: Susana Díaz Oliva. Nota: Por ejecutoria del 19 de junio de 2019, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 120/2019 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

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