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I.9o.A.113 ATesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

REVISIÓN FISCAL. ES IMPROCEDENTE DICHO RECURSO CUANDO SE INTERPONE EN REPRESENTACIÓN DEL SECRETARIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, SI ÉSTE NO FIGURÓ COMO AUTORIDAD DEMANDADA EN EL JUICIO DE NULIDAD.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIX, Marzo de 2009; Pág. 2871

Precedentes

Revisión fiscal 8/2008. Titular de la Administración de Amparos e Instancias Judiciales "4" de la Administración Central de Amparo e Instancias Judiciales de la Administración General Jurídica del Servicio de Administración Tributaria, en representación del Secretario de Hacienda y Crédito Público, del Jefe del Servicio de Administración Tributaria y de las autoridades demandadas. 22 de febrero de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Clementina Flores Suárez. Secretario: Emmanuel Hernández Alva.